ACTIVIDAD SUSPENDIDA POR FENÓMENOS METEOROLÓGICOS ADVERSOS.
Arreglo al Art. 21 de la resolución 22/02/17 de la Dirección General del medio Natural y Evaluación Ambiental, en caso de decretarse una preemergencia meteorológica nivel 3, o que durante un día antes de la actividad se produzca algún episodio de lluvias copiosas, esta actividad queda suspendida.